miércoles, 19 de junio de 2013

Encuentro de Negocios

El pasado 18 de Junio nos trasladamos al Monasterio de Santa Clara situado a la localidad de Medina de Pomar para participar en el Encuentro de Negocios, Organizado por SODEBUR, en coordinación con el Grupo de Acción Local CEDER Merindades, y el Círculo Empresarial.

Fué un escenario de trabajo en el que se intercambió información y negocio entre los participantes, y donde divulgamos nuestra acción en Las Merindades desarrollando alianzas para la cooperación, identificando contactos y oportunidades.

 
Encuentro de Negocios celebrado el 18 de Junio de 2.013 en Medina de Pomar (Burgos)



EN PRIMER LUGAR AGRADECER  a los organizadores su esfuerzo por impulsar este
encuentro.

EN SEGUNDO LUGAR  PRESENTAROS, TAL Y COMO LO HICIMOS EN EL ENCUENTRO, NUESTRA EMPRESA DE FORMA BREVE:

Nuestro Despacho de Abogados se encuentra situado en pleno corazón de Villarcayo, al lado de dos de las entidades más representativas de ésta localidad, el Ayuntamiento y los Juzgados; dónde llevamos realizando nuestra actividad desde hace 17 años.
 
Nuestro EQUIPO PROFESIONAL lo componemos tres miembros:

- AURELIO GONZÁLEZ ALONSO,
  • Abogado-Economista, 
  • Especialista en Urbanismo, llevando toda la gestión urbanística de la 4ª fase del Polígono Industrial de Villarcayo
  •  Especialista en Mediación Civil y Mercantil
- SUSANA MARTÍNEZ SESMA
  • Licenciada en Derecho Económico
  • Agente de la propiedad inmobiliaria.
- NATALIA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ
  • Técnico Administrativa

POLITICA Y FILOSOFÍA DE LA EMPRESA


Contamos con un PRINCIPAL ACTIVONUESTROS CLIENTES, a los que consideramos socios en la consecución de nuestros objetivos comunes.

Somos un despacho de abogados de trabajo colaborativo porque empeñamos todo nuestro ESFUERZO en los asuntos que se nos encomienda, y porque:
  • COLABORAMOS CON NUESTROS CLIENTES para conocer en profundidad su problema
  • y COLABORAMOS CON OTROS PROFESIONALES con quienes hemos establecido contacto a lo largo de todos estos años (asesores, peritos, ingenieros, psicólogos, informáticos, asociaciones, instituciones, mediadores, etc.) para buscar la mejor solución y asesoramiento a nuestros clientes

Además de la tradicional vía judicial, tenemos en cuenta métodos alternativos de resolución de conflictos, como la NEGOCIACIÓN, el ARBITRAJE y muy especialmente la MEDIACIÓN, para lograr un resultado más rápido, económico y satisfactorio de los intereses de nuestros clientes.

Colaboramos activa y desinteresadamente con prensa, radio, asociaciones e instituciones de las Merindades y Burgos porque creemos importante DIVULGAR INFORMACIÓN JURÍDICA relevante para nuestros vecinos.

Estamos posicionados en las principales redes sociales ( Facebook, Twitter, Linkedin) estableciendo una relación de INTERCAMBIO DE IDEAS FEEDBACK con otros profesionales, clientes y usuarios. Y por encima de todo, nuestro despacho es un espacio de confidencialidad y trabajo en equipo, desarrollando nuestra profesión con la ÉTICA Y DEONTOLOGÍA propias del ejercicio de la Abogacía.

Para terminar, creemos firmemente que saldremos de esta crisis con esfuerzo y nuevas ideas compartiendo el capital que NO prestan los bancos, el CAPITAL HUMANO, y nosotros ponemos a su disposición nuestros conocimientos y habilidades en la resolución inteligente de conflictos.

jueves, 13 de junio de 2013

A continuación os transcribo la Memoria que fue presentada ante el Ministerio de Justicia el 06 de Junio de 2.013



AL MINISTERIO DE JUSTICIA

ALEGACIONES AL Anteproyecto de REFORMA DE LA LOPJ y Demarcación y Planta JUDICIAL EN RELACIÓN CON EL PARTIDO JUDICIAL DE VILLARCAYO DE MERINDAD DE CASTILLA LA VIEJA

1           ANTECEDENTES LEGALES:
1.1         Propuesta de Bases para una nueva Planta Judicial. aprobada por el Pleno del CGPJ el 4 de Mayo de 2012: se suprimen la mayor parte de los Partidos Judiciales de ámbito rural en aras a concentrarlos en base a dos principios: superar los 100.000 habitantes y que el radio no supere la hora de desplazamiento. En Burgos, se propone suprimir los Juzgados de Villarcayo, Lerma, Salas de los infantes y Briviesca. Quedan Burgos, Aranda y Miranda de Ebro. En lo que nos afecta, los Juzgados de Villarcayo serían absorbidos por los de Miranda de Ebro.



1.2         Informe al Consejo   del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
1.3         Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: La implantación de las Tasas Judiciales supone un importante obstáculo para los ciudadanos que quieran acudir a defender sus derechos judicialmente al encarecer notablemente el acceso a la administración de Justicia, y más aún la posibilidad de plantear un recurso.
1.4         Artículo 24.1 de la Constitución, en el que expresamente se recoge el derecho de todas las personas “a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso pueda producirse indefensión”. Este principio de efectividad exige tener en cuenta las distancias, características geográficas y medios de comunicación, en orden a garantizar a los ciudadanos un acceso más fácil a los órganos judiciales.
1.5         Anteproyecto de LOPJ y Demarcación y Planta Judicial: Propone una demarcación judicial que pasa por la agrupación departidos judiciales creando Tribunales de Instancia Uniprovinciales que se compondrán de Salas de lo Civil, lo Penal, lo Contencioso-Administrativo y lo Social para posteriormente separarlos por Secciones Judiciales Especializadas (de lo Mercantil y de Familia en las Salas de lo Civil, Unidades o Secciones especializadas de Enjuiciamiento Penal, Vigilancia Penitenciaria, Garantías, Violencia de la Mujer, de Menores y de Delitos Económicos en las Salas de lo Penal, y Unidades y Secciones judiciales especializadas en materia tributaria en las Salas de lo Contencioso-Administrativo). Se pretende con ello lograr una optimización de recursos, reducción de desplazamientos de funcionarios (Ministerio fiscal), y lograr una mayor especialización. Prevé centralizar los Tribunales de Instancia, a costa la desaparición de más de la mitad de los Partidos Judiciales existentes en España.

2           CARACTERÍSCAS DE LA COMARCA DE LAS MERINDADES:

2.1         Geográficas:
2.1.1        El Partido Judicial de Villarcayo tiene un ámbito geográfico de 2.200 Kilómetros cuadrados, todo el Norte de Burgos, limitando con Álava, Vizcaya y Cantabria. Por su amplitud geográfica es mas extenso que Vizcaya por poner un ejemplo. Este ámbito engloba principalmente la Comarca de Las Merindades y  además otros Municipios aledaños.
2.1.2        El Partido Judicial de Villarcayo lo componen 26 Municipios y más de 400 Entidades Locales Menores.
2.1.3        La amplia extensión geográfica abarca extensas superficies cultivable, cotos de caza, ganadería extensiva, etc, de donde resultan a innumerables conflictos específicamente rurales, que pocas veces tienen lugar en el ámbito urbano que es el que fundamentalmente conocen los Juzgados a los que habría que desplazarse.
2.1.4        La orografía de la comarca está jalonada de montañas y valles de gran belleza natural pero de la que resulta un importante obstáculo para los desplazamientos,  ya que durante las estaciones de otoño e invierno, las frecuentes nevadas y heladas hacen que el tránsito por carretera sea muy peligroso, a veces imposible.

2.2         Población:
2.2.1        La población censada asciende a 24.000 habitantes, lo que no cumpliría con el ratio de 100.000 habitantes de las nuevas circunscripciones, pero lo cierto es que la población “flotante” los supera llegando en determinadas épocas a los 130.000 habitantes: al ser un Partido limítrofe al País Vasco y Cantabria, recibe visitantes tanto de la propia provincia de Burgos como de estas otras dos citadas.
2.2.2        En el Partido Judicial de Villarcayo se encuentran los Municipios de Villarcayo MCV, Medina de Pomar, Espinosa de los Monteros y Valle de Mena, municipios que después de Burgos, Aranda y Miranda, son los de mayor población de la provincia.
2.2.3        El número de viviendas, parte de ellas segundas residencias, alcanza las 26.650, superando a Miranda de Ebro y Aranda de Duero. Estas viviendas durante parte del año están ocupadas generándose conflictos jurídicos derivados de la propiedad urbana.
2.2.4        La recepción de población flotante que mantiene propiedades en el entorno de las Merindades hace incrementar notoriamente la necesidad de acudir a los Juzgados, ya que lo que hace preferentemente ser justiciable no es el empadronamiento, sino la propiedad o la permanencia.
2.2.5        La edad media de la población es alta (jubilados, agricultores, ganaderos...) y vive dispersa. A menudo carecen de vehículo de transporte propio o de capacidad física para conducir, y carecen de formación, no digamos de conocimientos informáticos sobre nuevas comunicaciones.

2.3         Económicas
2.3.1        Existen pequeños polígonos industriales en los principales municipios de la comarca (Villarcayo, Medina de Pomar, Espinosa, Trespaderne), y no pocos trabajadores autónomos dedicados principalmente a comercio, hostelería y construcción, pero  la actividad principal de la comarca es la agrícola y ganadera.
2.3.2        Por tanto son frecuentes los conflictos sobre la propiedad de tierras (deslindes, reivindicatorias, concentración parcelaria, sumarias de posesión, servidumbres de luces y vistas, aguas, animales...), que son mucho menos frecuentes en un entorno urbano.
2.3.3        La actividad industrial se concentra en los municipios de Villarcayo, Valle de Mena, Medina de Pomar y Espinosa de los Monteros, con sus respectivos polígonos industriales.
2.3.4        El polígono industrial de Villarcayo, que va por su cuarta fase, con la implantación de nuevas empresas, venía siendo apoyado hasta el año 2011 por el Plan Reindus, y suma un total de 700.000m2 de suelo industrial.
2.3.5        El polígono industrial de Medina de Pomar, de reciente creación, acumula un buen número de empresas.
2.3.6        Los dos polígonos industriales de Villasana de Mena destacan por su carácter fronterizo con la provincia de Vizcaya, atractivo para empresas de ambas provincias.
2.3.7        El polígono de Espinosa de los Monteros, concluido su desarrollo urbanístico, en fase de implantación de nuevas empresas.
2.3.8        Actividad industrial se desarrolla también, aunque en menor volumen, en Trespaderne y Valle de Losa. Y destacar Quintana Martín Galíndez, con la Central Nuclear de Garona, en fase de confirmar su clausura definitiva o no.

2.4         Medios de transporte
2.4.1        La desaparición de los Juzgados de Villarcayo obligaría a todos los afectados a acudir a Miranda de Ebro o a Burgos.
2.4.2        En esta Comarca  no existe ni un solo kilómetro de vías de alta capacidad, y las comunicaciones por carretera dejan mucho que desear.
2.4.3        En gran parte del territorio no se cuenta con cobertura de teléfono móvil, y tampoco de servicio ADSL, resultando muy difícil el acceso a las nuevas tecnologías.
2.4.4        Las comunicaciones por carretera con Miranda de Ebro son pésimas, y gran parte del territorio de este Partido Judicial de Villarcayo, esta fuera de los 100 kilómetros y la hora de desplazamiento en vehículo que tendrá que ser privado, puesto que no hay transporte publico a Miranda de Ebro desde ningún punto del Partido Judicial de Villarcayo.
2.4.5        Respecto de Burgos sucede igualmente que gran parte del territorio supera ampliamente los 100 Km. de distancia y la hora de desplazamiento a la capital por una carretera que deja mucho que desear y por la que es muy arriesgado, a veces imposible, transitar en invierno, cuando el invierno arrecia.
2.4.6        Existe transporte público a Burgos pero sólo desde los principales municipios del Partido judicial, hasta los que habrá que desplazarse en taxi o transporte privado, pero la dificultad de horarios garantiza al ciudadano una enorme pérdida de tiempo.
2.4.7        Distancias hasta Miranda de Ebro (según la Vía Michelín[a1] ):
DESDE
DISTANCIA
TIEMPO
Merindad de Montija (Villasante)
155 km
2h 2 min
Valle de Zamanzas (Gallejones)
152 km
1h 53 min.
Alfoz de Bricia
150 km
1h 55 min
Valle de Mena (Villasana)
122 km
1 h 35 min
Espinosa de los Monteros
120 km
2h 01min
Arija
120 km
1h 53min
Junta de Traslaloma (Castrobarto)
116 km
1h 54min
Merindad de Valdeporres (Pedrosa)
113 km
1h 46 min
Merindad de Sotoscueva (Cornejo)
105 km
1h 41min
Valle de Valdebezana (Soncillo)
105 km
1h 34 min
Valle de Manzanedo
94 km
1h 27 min
Los Altos (Dobro)
91 km
1h 25min
Villarcayo
91 Km
1h 24 min
Medina de Pomar
84 km
1h 22min
Merindad de Valdivielso (Quecedo)
75 km
1h 6 min
Merindad de Cuesta Urria
72 km
1h 7min
Cillaperlata
70 km
1h 3min
Valle de Losa (Quincoces de Yuso)
68 km
1 h 10 min
Trespaderne
67 km
1 h
Partido de la Sierra de Tobalina (Pedrosa)
57 km
1 h 1 min
Valle de Tobalina
56 km
1 h
Frías
40 km
52 min
Junta Villalba de Losa
35 km
41 min
Berberana
31 km
36 min
Jurisdicción de San Zadornil
31 km
39 min
MEDIA
92,15 KM
1 h 24 min


3           SITUACIÓN ACTUAL DE LOS JUZGADOS
3.1         Villarcayo es Cabeza de Partido Judicial desde 1.834. Este Partido es cuna de los primeros Jueces de Castilla, Don Laín Calvo (que algunos emparientan con Rodrigo Díaz, más conocido como el Cid Campeador) y Don Nuño Rasura, que administraban Justicia en el paraje de “Fuente Zapata”, en la localidad de Bisjueces.
3.2         El Juzgado de Villarcayo ha mantenido su actividad pasando por repúblicas, monarquías, dictaduras, guerras, crisis, y gobiernos de uno y otro régimen, estando su existencia y persistencia muy arraigada en el sentimiento histórico de sus pobladores.
3.3         El Partido Judicial de Villarcayo actualmente se compone de dos Juzgados de los denominados Mixtos, es decir, de Primera Instancia y de Instrucción, siendo el de Instrucción nº2 además especializado en Violencia contra la Mujer.
3.4         Los Juzgados de Villarcayo soportan una carga de trabajo tal que en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Villarcayo se registraron en el año 2.011, 743 asuntos civiles y 1.606 penales, y en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2, 714 asuntos civiles y 1.766 penales.
3.5         En cuanto a las notificaciones que se gestionan en estos momentos a través del sistema LexNet del partido Judicial de Villarcayo, son mayores en número que las de Partidos como el de Miranda de Ebro, lo que da una idea del importante volumen de asuntos, razón por sí sola que justifica su existencia en el nuevo mapa de Planta Judicial como Partido Judicial autónomo.
3.6         El Partido Judicial de Villarcayo no tiene nada que ver en cuanto a sus circunstancias geográficas, poblacionales y económicas, ni tampoco en cuanto a su extensión, actividad económica, ni estructura de la propiedad, con Miranda de Ebro, donde se pretende por este Consejo que se trasladen los dos Juzgados de Villarcayo, y similares circunstancias se podrían dar respecto de Burgos.
3.7         La aplicación de gestión procesal es MINERVA NOJ. Cuenta con instalación de videoconferencia, escáner, documentación audiovisual de vistas e-fielius, sistema de comunicación lex Net, Intranet, Punto Neutro Judicial y acceso a Sistemas de Registros. Sería conveniente lograr un uso más optimo de estas aplicaciones para mejorar su rendimiento, es cuestión de formación y aprovechamiento de los recursos existentes, no de desplazarlos.

4           CONSECUENCIAS DE LA POSIBLE DESAPARCIÓN DE LOS JUZGADOS DE VILLARCAYO
4.1         dificultad de acceso, se aleja a los ciudadanos de la administración de Justicia
4.2         Reordenar la Administración de Justicia en base a criterios localistas a favor de los núcleos de población más densos, dará lugar a un alejamiento de un servicio esencial para los ciudadanos que habitan en el ámbito rural.
4.3         La dificultad física real que supone el alejamiento de las sedes complicará notablemente el acceso a la Justicia, máxime ante las carencias que la Comarca de las Merindades presenta en cuanto a vías de comunicación y transporte público.
4.4         mayor coste en desplazamientos y en tiempo
4.5         Con el proyecto de concentración de los órganos judiciales, se publicita un abaratamiento de los coste de la Administración de Justicia pero sería a costa de los derechos de los ciudadanos. Además, desplazar a partes, testigos, peritos y profesionales hasta las  nuevas sedes más alejadas supone un coste en tiempo, dinero, horas de trabajo perdidas, y daños materiales derivados de accidentes de tráfico que es una carga para el ciudadano que no debería soportar y un perjuicio colateral para la ya maltrecha situación económica del país.
4.6         La desaparición de servicios supone un  empobrecimiento del medio rural.
4.7         Resulta más que evidente que la desaparición de los Juzgados afectará al entramado socio-político y económico de las poblaciones rurales afectadas, ya que en los Ayuntamientos cabeceras de partido se ha desarrollado un entramado de actividades económicas que giran en torno al Juzgado, dícese hostelería, comercios, viviendas en alquiler, despachos de abogados y procuradores, gestorías, transporte, oficina de coreos, etc., que atienden al constantes ir y venir de profesionales y particulares que acuden al Juzgado.
4.8         La afluencia de personas que acudirían al municipio afectado se vería radicalmente eliminada, con lo que todos los servicios accesorios que de ello dependes se verían afectados y condenados a su desaparición, con lo
4.9         El futuro para el entorno rural no puede ser menos halagüeño: desprovisto de servicios se le precipita al empobrecimiento económico y a la despoblación.
4.10     De lo que antecede es claro que por las circunstancias geográficas, demográficas, económicas, y por el volumen de trabajo que acumulan los Juzgados de Villarcayo, no sólo se hace necesaria su permanencia en su actual sede, sino incluso reforzarlos y apostar por acometer medidas que contribuyan a su agilización y mejora en la prestación del servicio.

5           PROPUESTAS PARA COMPATIBILIZAR LA PERMANENCIA DE LOS JUZGADOS DE VILLARCAYO Y LOGRAR LA AGILIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

5.1         Lograr una óptima aplicación de los recursos existentes e incrementar la implantación de nuevos medios telemáticos:
5.1.1        Disponer de los expedientes escaneados y disponibles en la red con todas las medidas de seguridad por supuesto, para que cualquier funcionario pueda trabajar en ellos independientemente de su localización, puede sin duda facilitar y agilizar el trabajo, y evitar trasladar los expedientes de sede para que sean estudiados por el Ministerio Fiscal.
5.1.2        Los servicios de video conferencia que garantizan la confidencialidad de los intervinientes podría evitar los desplazamientos de las partes intervinientes así como del ministerio fiscal.
5.1.3        El cobro de las Tasas es una fuente de ingresos cuyo objetivo debe servir de fuente de financiación para mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia; la implantación de medios telemáticos es fundamental para su buen funcionamiento, teniendo conectados los juzgados entre sí, y permitiendo a los funcionarios trabajar ágilmente con su ordenador.
5.1.4        El traslado de las sedes para poner en marcha su centralización sin duda también requerirá una importante inversión económica que podría evitarse destinando esos recursos a mejorar los medios telemáticos. Desmantelar, empaquetar, trasladar, montar, ampliar las sedes que absorben las sedes desplazadas, o crear nuevas sedes, mantener sedes anteriores como oficinas de presentación, etc., además de un gran esfuerzo en tiempo para reorganizar la agrupación, supondrá una importante inversión económica que bien podría destinarse en su lugar a mejorar los medios tecnológicos de que disponen nuestros juzgados. Y todo esto en el supuesto de que se mantuviera el personal existente, ya que reducir el número de funcionarios dedicados a la Administración de Justicia sería rematar el caos.
5.1.5        La efectiva ejecución del traslado de los Juzgados, la reorganización y la puesta en marcha de los nuevos macro-juzgados provocará nuevos retrasos en la administración de Justicia, que se acumularán a los ya existentes, de manera que será más difícil ponerlos al día.

5.2         minorando la entrada de asuntos en el Juzgado
5.2.1        La minoración de entradas en el Juzgado puede lograrse fomentando Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, como la conciliación, el arbitraje y la mediación.
5.2.2        Favorecer estas vías alternativas tiene la ventaja de favorecer el tan deseado desatasco de la Administración de Justicia y a la vez que los ciudadanos encuentren una solución rápida, eficaz y económica para sus problemas. Todos ganamos.
5.2.3        Desviar la resolución de conflictos hacia vías alternativas permite aliviar la excesiva carga que los Juzgados vienen padeciendo de forma permanente, y ello sin duda facilitaría liberar y redistribuir los recursos disponibles para lograr una gestión más eficaz.
5.2.4        La liberalización y redistribución de recursos permitiría la implantación de Juzgados Multipuerta, en los que se informaría al ciudadano de cuales son las posibles vías de resolución de un conflicto, inclusive las extrajudiciales.
5.2.5        Que la Mediación deje de ser un recurso infrautilizado depende de que su conocimiento sea potenciado desde la administración y ello puede hacerse mediante el desarrollo de campañas publicitarias, mediante el ofrecimiento de folletos informativos e información personal en los CEAS (Centros de Acción Social), Cámaras de Comercio, Colegios de Abogados, Ayuntamientos, Oficinas de Consumidores y especialmente en las propias sedes judiciales.
5.2.6        Si cuando un ciudadano se acerca a presentar una reclamación se le informa de la posibilidad de acudir a la mediación podrá considerar esta vía como una alternativa a la judicialización de su problema y de esta forma los juzgados verán reducir el número de carpetas que se amontonan sobre sus mesas.
5.2.7        Las asociaciones profesionales de mediadores y las administraciones públicas pueden sin duda contribuir también a dar a conocer la mediación, puesto que muy a menudo los usuarios se dirigirán a ellas en solicitud de qué es la mediación y para localizar un mediador entre los disponibles en la lista de registrados.
5.2.8        Sin duda la mejor propaganda que se puede hacer de la mediación es la satisfacción de los usuarios y ello sólo puede hacerse mediante la excelencia en el servicio. Para lograrlo parece más que conveniente regular además del acceso a la titulación profesional, el correcto y adecuado ejercicio de la mediación.

5.3         Otorgando nuevas competencias a los procuradores:
5.3.1        Considerar a los procuradores como Agentes de la Autoridad, para todas aquellas funciones que realicen dentro del ámbito de lo público y por delegación del Juzgado, o más concretamente, del Secretario del mismo, permitirá llevar a efecto actos de comunicación, diligencias de embargo o funciones de ejecución. Así se conseguiría agilizar las ejecuciones, lo que sin duda contribuirá a mejorar la satisfacción usuario, y a la vez se liberarán recursos que podrán ser destinados a trabajar en otras fases del procedimiento.
5.3.2        Pese a que tramitar la ejecución acudiendo a los procuradores pueda suponer un pequeño incremento en el coste, no cabe duda de lo beneficioso que es al menos dar al ciudadano la opción de elegir ejecutar por una vía de alta velocidad (“autopista”), o por el sistema tradicional de los servicios de la Administración de Justicia: Será el ciudadano el que sopese los beneficios de una y otra, y muy a menudo le compensará obtener un resultado más rápido.

5.4         Creación de Juzgados Multipuerta.
5.4.1        Desde el Ministerio de Justicia se afirma que no se va a cerrar ninguna sede judicial. Esperamos que esta afirmación no esté pensada en mantener la fachada, la bandera y gastos de mantenimiento, sino en continuar prestando un servicio efectivo al ciudadano.
5.4.2        Los medios existentes pueden reordenarse y destinar algunos medios a atender y orientar a los ciudadanos cuando acuden aun juzgado para informarles de las distinta vías de resolución de conflictos (judicial, arbitraje, mediación extrajudicial) en función del tipo de asunto que planteé.
5.4.3        Informar en la propia sede judicial acerca de qué es la mediación, sus ventajas, principios que la rigen, fases del procedimiento, ejecutividad de sus resoluciones y profesionales capacitados; se podría incluso establecer un turno de reparto de asuntos entre los titulares inscritos en el Registro de Mediadores.
5.4.4        Fomentar desde los propios Juzgados la mediación intrajudicial, en asuntos que sea aconsejable, una vez ya iniciado el procedimiento judicial.
5.4.5        Sería posible aprovechar ceder salas para la celebración de reuniones informativas con las partes implicadas en la mediación.

6           CONCLUSIONES
6.1         Puede que la ratio de 100.000 habitantes marcada como criterio para determinar la supresión del Partido Judicial de Villarcayo no se cumpla a rajatabla con los habitantes censados, pero debe tenerse en cuenta el elevado volumen de población flotante que recibe nuestra comarca.
6.2         Por el contrario, el criterio de que las sedes judiciales deben cubrir un radio kilométrico que no supere la hora, se extralimita con creces. Y no solo es el tiempo y la distancia lo que nos aleja de Miranda de Ebro, sino la mala calidad de las vías de comunicación y la ausencia de transporte público.
6.3         Debe darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Constitución, en el que expresamente se recoge el derecho de todas las personas “a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso pueda producirse indefensión”. Este principio de efectividad exige tener en cuenta las distancias, características geográficas y medios de comunicación, en orden a garantizar a los ciudadanos un acceso más fácil a los órganos judiciales.
6.4         La demarcación judicial aprobada por la Ley 38/1988 de 28 de diciembre  persigue el principio de eficacia de la justicia, eficacia que no solo se logra con la demarcación, sino, más bien y fundamentalmente, con un ordenamiento jurídico de los procedimientos seguro, moderno y accesible, ágil y rápido.
6.5         La supresión de los Juzgados de Villarcayo supondría un paso atrás tanto en la lucha contra la despoblación del medio rural, como en la calidad de vida en la Comarca, así como debilitar la lucha por el desarrollo y la salida de la crisis en las Merindades.
6.6         El establecimiento de las Tasas y el proyecto de centralización de sedes judiciales parece por tanto parecen no tener otra finalidad que el obstaculizar el acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia: a menos pleitos, menos carga de trabajo, a costa de los derechos de los ciudadanos, de privarles el acceso a la Justicia.
6.7         La reducción de partidos judiciales preocupa a los ciudadanos y justiciables y empeora la economía de los municipios.

A la vista está por tanto que existen más que razones de hecho y de derecho más que suficientes que justifican la permanencia de los Juzgados de Villarcayo. Tenemos la firme confianza de que tras analizar en profundidad las circunstancias que concurren, el Ministerio de Justicia concluirá igualmente la necesidad y conveniencia de mantenerlos.

En Villarcayo, para Madrid, a 6 de Junio de 2013.

 [a1] www.viamichelin.es